lunes, 7 de junio de 2010

La ley Boca Juniors


Los hinchas de Boca estamos acostumbrados a ser diferentes. Destacados por ser pioneros, campeones, primeros. En una palabra, distintos. Y este blog es la prueba de tal afirmación.
“Boca es Boca” porque es grande y evidencia la importancia social del club que trasciende los límites barriales para beneficiar a toda la comunidad, a todo el país. Es así que Boca, es el primer y hasta ahora único club argentino que posee una ley. Si señores, la ley nacional 16774, llamada la ley Boca Juniors.
Para quienes no se dediquen a impuestos ni sean contadores, vale la siguiente aclaración: a partir de esta ley ningún club de la Argentina debe abonar ningún impuesto nacional al momento de contratar servicios para mejorar su institución o comprar bienes para ese fin.
En otras palabras, si por ejemplo un River quisiera demoler su estadio para hacer uno nuevo que incluya algo de calefacción, no debería abonar el IVA ni sufrir retenciones de ganancias en cada una de las facturas de las empresas constructoras. Cosa que hace mucho más económica la operación comercial.
Pero ojo, y siguiendo con el ejemplo de River y lo que se le viene, que la ley no solo beneficia a los clubes que están en primera división. Este beneficio también lo pueden y podrán aprovechar quienes hayan descendido de categoría, los clubes deportivos barriales y sociales de todo el país.
No todo el mundo lo sabe, pero gracias a Boca esta norma legal se aplica para que los clubes más chicos acondicionen sus canchas de básquet, natatorios, vestuarios, y todo lo que constituya en sí las “instalaciones deportivas”, incluyendo materiales y tasas por importación de elementos que formen parte de las instalaciones y obras.
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Historia de la ley Boca Juniors
La historia dice que el Congreso de la Nación autorizó al Poder Ejecutivo a donar al Club Atlético Boca Juniors una fracción de 40 hectáreas ubicada en los terrenos ganados al Río de la Plata.
El club debía destinar estas tierras a la construcción de un estadio de 140.000 espectadores con canchas auxiliares, canchas de básquet, tenis, piletas de natación, gimnasio, pistas de patinaje y atletismo con la cláusula de que si las obras quedaban incompletas, el terreno y sus obras pasaban a manos de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
A partir del año 1979, el intendente Cacciatore sancionó varias ordenanzas admitiendo que el Club Atlético Boca Juniors había incumplido la realización de las obras en los plazos estipulados pero otorgó diversas prórrogas para cumplimentar lo originalmente pautado, solo que a partir de este momento se dieron varias desprolijidades en cuestiones legislativas (se modificaron cantidades de hectáreas y prioridades de las obras), que hicieron dudar al mundo entero de la seriedad del proyecto.
A esa altura, el tema de la Ciudad Deportiva de Boca era tan poco claro que ya estaban instaladas miles de dudas sobre políticos y empresarios con favores onero$o$ y poca seguridad jurídica, y el club ya tenía poca certeza sobre si lo que se construía terminaría siendo propio.
El fondo de esta historia es que la “Ley Boca” nació con la intención de alivianar la carga impositiva que este megaproyecto requería.
Una ley que nació como un sueño para unos y negocio para otros, pero sustentada por el club más importante... y a conciencia de algunos políticos de la década del 60, quienes la pensaron sin afán recaudatorio, y la hicieron extensiva al resto de los clubes deportivos con la finalidad de facilitar y acercar el deporte a toda la sociedad.
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Autor Dr. Anchorena Bergés